ABOGADOS del GRUPO "TRANSFORMACION" MIEMBROS DEL COLEGIO DE ABOGADOS DE SULLANAS SOLICITAN AL PRESIDENTE DEL PODER JUDICIAL DE SULLANA MEJORAR EL SERVICIO EN ATENCION AL DESARROLLO PROFESIONAL DEL ABOGADO LITIGANTE
Que, en amparo del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, aprobado por Decreto Supremo Nº 017-93-JUS2. Por su parte, el Artículo 83º del citado Reglamento de Organización y Funciones establece que la Dirección de Promoción de Justicia, órgano de línea de la Dirección General de Justicia y Cultos, tiene, entre otras, las siguientes funciones:
b) Orientar y difundir los medios de acceso a la administración de justicia, con respeto al debido proceso.
c) Formular propuestas de mejora en la atención de los servicios de administración de justicia, para garantizar la seguridad jurídica y la defensa y respeto del debido proceso y otros derechos fundamentaleS
DE TODOS LOS MIEMBROS DEL COLEGIO DE ABOGADOS DE SULLANA, en calidad de Asociados y agremiados del “ILUSTRE COLEGIO DE ABOGADOS DE SULLANA”, por lo que, solicitamos ante su digno despacho crear una SALA ESPERA PARA ABOGADOS asimismo oficina ODECMA en el centro de Sullana, para QUEJAS VERBALES Y ESCRITAS para el alcance directo e inmediato para las partes procesales y los abogados.
Que, SOLICITAMOS
SE CUMPLA EL HORARIO
DEL DESPACHO JUDICIAL DE ACUERDO AL ARTÍCULO 128º.- En
todas las instancias el Despacho Judicial es no menor de treinta horas
semanales. Los Consejos Ejecutivos Distritales señalan el horario de Despacho
en el ámbito de su competencia a razón de seis horas diarias. Establecen
igualmente que en dicho horario los Magistrados atienden obligatoriamente a los
abogados y litigantes
Obligaciones
y atribuciones Artículo 266º.- Son obligaciones y atribuciones genéricas de los
Secretarios de Juzgados:
2.-
Cumplir estrictamente el horario establecido y atender personalmente a abogados
y litigantes;
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