lunes, 4 de diciembre de 2017

DENUNCIAN CORRUPCIÓN Y VULNERACION DE LOS DERECHOS A LOS ESTUDIANTES DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE FRONTERA DE SULLANA.


DIARIO "OPINIÓN" (EDICIÓN Nª14 NOVIEMBRE 2017) : DENUNCIAN CORRUPCIÓN Y VULNERACION DE LOS DERECHOS A LOS ESTUDIANTES DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE FRONTERA DE SULLANA.

























A.    CORRUPCION EN LOS AGENTES QUE INTEGRAN LA COMISION ORGANIZADORA DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE FRONTERA SULLANA
El delito de peculado es delito más recurrente en el Perú, seguido por la colusión, malversación de fondos, y nepotismo. Hace poco, la Fiscalía Provincial Corporativa Especializada en Delitos Anticorrupción de Sullana, investiga a la Comisión Organizadora de la Universidad Nacional de Frontera Sullana, por los delitos de Asociación Ilícita para Delinquir, Colusión, Peculado, Corrupción de Funcionarios, Aceptación indebida de cargo y Nepotismo, no obstantes, los agentes a investigar son: Carlos Joaquín Larrea Venegas que ocupa el cargo de presidente de la comisión, Edmundo Gerardo Moreno Terrazas que ocupa el cargo de vicepresidente de Investigación
La corrupción es el abuso del poder público con un beneficio personal para obtener beneficios particulares violando la norma jurídica penal en perjuicio del bien común o el interés público, como los hizo, los denunciados que integran LA COMISION ORGANIZADORA DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE FRONTERA SULLANA que están investigados por hacer uso indebido del cargo que ostentan se han aprovechado para proceder a adjudicar una diversidad de servicios realizados por empresas vinculadas con los miembros de la comisión, como la irregularidad de contrato de servicios en cuanto El Servicio de Mantenimiento del Sistema de Video Vigilancia por un monto de S/. 19,982.00 nuevos soles fue aprobada a través de la Resolución de Presidencia de Comisión Organizadora N° 041-2016-CO-PC-UNF con fecha 31 de Marzo de 2016. Servicio de Mantenimiento de Puertas y Ventanas de los Ambientes de la UNF por un monto de S/.3,784.06 nuevos soles, los Servicios de la Conexión Vertical para la Intranet en la UNF por  un monto se S/.22,979.83 nuevos soles, el Servicio de Mantenimiento de Cableado Estructurado en los Ambientes del Pabellon “D” y los Laboratorios  en la UNF por un Monto de S/. 13,720.73 nuevos soles, Servicio de Mantenimiento de la Estructura de los Soportes para Proyectores y cableado de los ECRAM por un monto de S/.26,860.31 nuevos soles, Servicio de Evaluación del cumplimiento Silábico del Programa Académico 2016 por un monto de S/.11,00.00 realizado por Alex Fernando Lam Reyes, Servicios de Mantenimiento de Pozos Sépticos por un monto de S/. 4,950.00 nuevos soles.
Ahora bien, la figura de la corrupción que investiga la Fiscalía Provincial Corporativa Especializada en Delitos Anticorrupción de Sullana a la COMISION ORGANIZADORA DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE FRONTERA SULLANA no solo afecta a los denominados derechos civiles y políticos, sino también a los económicos, sociales y culturales. La corrupción es una afectación de los recursos públicos, favoreciendo intereses privados para eliminar el bien social. Sin duda, la ética de la función pública es un concepto importante contra la corrupción, que en la práctica no lo vemos como el caso delito de Aceptación Indebida de Cargo a Doña Wendy Maritza Zapata Rodríguez que no cumple con requisitos del cargo ni especialización alguna de acuerdo a las disposiciones según La contraloría general de la Republica y lo dispuesto en el Art.381 del C.P para ocupar el cargo Jefe de OCI, de igual manera  con relación a Doña Jeessikha Ubillus Reyes, que ocupa el cargo de Jefe de Oficina General de Administración,   Claudia Giovanna Arrieta Carrasco  con cargo de Jefe de la Oficina de Tesorería, el señor Illich Carlos Demetrio Crisanto Placencia con cargo de Jefe de la Oficina de Abastecimiento. Esta preocupación que trasciende el plano ético ha sido recogida expresamente por la Fiscalía Provincial Corporativa Especializada en Delitos Anticorrupción de Sullana contra la Corrupción, y buscar la responsabilidad civil, administrativa y penal en los delitos contra la Administración Pública, ya que, esta corrupción es un atentado ante el espíritu e institucionalidad de la Universidad Nacional Frontera de Sullana y también ante los valores democráticos establecidos dentro del marco de la Convención Interamericana contra la Corrupción (CICC).
·         SE ENVIO CARTA AL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA PPK
·         SE ENVIO INFORME A LA CONTRALORIA DE LA REPUBLICA.

·         SE ENVIO INFORME A LA SUNEDO

viernes, 1 de diciembre de 2017

ABOGADOS DE SULLANA EXIGEN AL DECANO DE SULLANA CONVOCAR ELECCIONES


SUMILLA: CONVOCAR  ASAMBLEA EXTRAORDINARIA. Conforme a lo establecido en los artículos 20°, 30° y 31° del Estatuto del ICAS


A: ILUSTRE COLEGIO DE ABOGADOS DE SULLANA
DECANO: DR FELIZ JAVIER SILVA COLOMA   
DIRECCION: Calle Grau N° 1067 distrito de Sullana departamento de Piura


                                           Que en calidad de miembros ordinarios activos conforme a lo establecido en el art 15° del estatuto del ICAS solicitamos que se convoque LA ASAMBLEA GENERAL EXTRAORDINARIA amparándonos en el Art°30,31°,32° del Estatuto del ILUSTRE COLEGIO DE ABOGADOS DE SULLANA suscribiéndose a nuestra petición 40 (cuarenta) socios ABOGADOS ordinarios activos los que Obligatoriamente participaran en la asamblea general que el consejo directivo señale de acuerdo a nuestro Estatuto. Que, de acuerdo al CAPITULO IV DEL CONSEJO DIRECTIVO en su art. 33° el CONSEJO DIRECTIVO tiene un periodo de 02 (dos) años por lo que la renovación de cargos se hará cada dos años exceptuando los cargos de DECANO Y VICE DECANO, siempre y cuando pasado un periodo de acuerdo al art 34° del estatuto del ICAS, en este orden de ideas nuestro decano FELIX JAVIER SILVA COLOMA no puede ser reelegido asimismo debe convocar de acuerdo al art 92, 93°,94° y 96° del estatuto a elección de nuevo decano dado que ya se cumplió con el periodo : ü Periodo 18 de febrero del año 2012 a diciembre del año 2013 ü Periodo febrero 2014 a diciembre 2015 ü Periodo 2015 hasta la actualidad Se está entonces vulnerando los Art°33, 93°,94° 96°del estatuto del ICAS donde se señala que el periodo de gobierno es de 02 (dos años), dado que los cargos directivos de los órganos que integran el colegio solo duran y será elegidos por un periodo de (2) dos años EL INCUMPLIMIENTO VIOLACION Y/O TRASGRESION AL REGLAMENDO DE ASAMBLEA GENERAL DEL COLEGIO ABOGADOS DE SULLANA,
Por lo que en nuestra calidad de miembros inscritos en este respetuoso colegio de abogados de Sullana al cual tenemos el honor de pertenecer solicitamos que en la brevedad posible y en los pazos establecidos en el presente estatuto se fije fecha para asamblea extraordinaria.

Sullana Octubre del 2017 

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