viernes, 30 de octubre de 2020
El Abogado Carlos Humberto Reyes Cayotopa obtuvo el grado de Maestro en Solución de Conflictos.
jueves, 24 de septiembre de 2020
Protocolo Temporal para Audiencias Judiciales Virtuales durante el Período de Emergencia Sanitaria
31 de julio del 2020, se prorrogó el Estado de Emergencia Nacional declarado mediante Decreto Supremo Nº 044-2020-PCM, ampliado temporalmente mediante los Decretos Supremos Nº 051-2020-PCM, Nº 064-2020-PCM, Nº 075-2020-PCM, Nº 083- 2020-PCM, Nº 094-2020-PCM y Nº 116-2020-PCM; y precisado o modificado por los Decretos Supremos Nº 045-2020-PCM, Nº 046-2020-PCM, Nº 051-2020-PCM, Nº 053- 2020-PCM, Nº 057-2020-PCM, Nº 058-2020-PCM, Nº 061-2020-PCM, Nº 063-2020- PCM, Nº 064-2020-PCM, Nº 068-2020-PCM, Nº 072-2020-PCM, Nº 083-2020-PCM, Nº 094-2020-PCM, Nº 110-2020-PCM, Nº 116-2020-PCM, Nº 117-2020-PCM, Nº 129- 2020-PCM, y Nº 146-2020-PCM, a partir del martes 01 de setiembre de 2020 hasta el miércoles 30 de setiembre de 2020, por las graves circunstancias que afectan la vida de la Nación a consecuencia del COVID-19.
Asimismo, mediante Resolución Administrativa N° 000337-2020-P-CSJSU-PJ, de fecha 30 de junio del 2020, la Corte Superior de Justicia de Sullana, dispuso dar cumplimiento a la Resolución Administrativa N° 00173-2020-CE-PJ, de fecha 25 de junio del 2020, emitida por el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, que aprobó el “Protocolo Temporal para Audiencias Judiciales Virtuales durante el Período de Emergencia Sanitaria”, el cual busca servir de guía para la realización de las audiencias judiciales en el entorno virtual mediante el uso de herramientas tecnológicas y con ello asegurar la continuidad de los procesos judiciales, respetando las medidas de distanciamiento social decretadas con motivo de la emergencia sanitaria, a consecuencia del brote del COVID-19;
lunes, 6 de julio de 2020
EL ABOGADO NO ES NECESARIO elaborar el Plan para la vigilancia, prevención y control de COVID-19
📌 Por un error involuntario, en el comunicado emitido ayer, 5 de junio, por Produce, se mencionó que: "las personas naturales con negocio no necesitan registrar su Plan para la vigilancia, prevención y control de COVID-19 en el trabajo en el SICOVID-19 del Ministerio de Salud".
Sin embargo, lo correcto es hacer referencia que: ”las personas naturales no necesitan registrar...".
PLANPARALA VIGILANCIA, PREVENCION Y CONTROL DEL COVID-19 EN LOS COLEGIOS DE ABOGADOS, ESTUDIOS JURIDICOS, DESPACHOS DE ABOGADOS Y OTROS, EN EL MARCODEL DS 080-2020-PCM Y LA RM 239-2020-MINSA.
Obtener permiso para operar durante la reanudación de actividades
Obtener permiso para operar durante la reanudación de actividades
Si tu empresa pertenece a un sector de la fases 1 y 2 de reanudación de actividades no esenciales, tras la declaratoria de estado de emergencia por coronavirus, puede reiniciar operaciones previa autorización del Ministerio de Salud (Minsa) y cumpliendo los protocolos sanitarios y criterios de focalización territorial de su respectivo sector.
El trámite para obtener este permiso comienza con la elaboración de un plan de emergencia, o "Plan para la vigilancia, prevención y control de COVID-19 en el trabajo", y termina con su registro en el sistema integrado para COVID-19 (Siscovid Empresas), conforme a los Decretos Supremos 080-2020-PCM, 094-2020-PCM y 101-2020-PCM.
Antes de iniciar, debes saber:
- Debes preparar tu plan de emergencia con base en los Lineamientos para la vigilancia de la salud de los trabajadores con riesgo de exposición a COVID-19 (Minsa) y el Protocolo Sanitario de Operación ante el COVID-19 de tu sector.
Hazlo en solo 4 pasos:
1 Revisa si cumples con los criterios de focalización
Verifica si tu empresa reúne los requisitos exigidos por tu sector. Estos son formulados por el ministerio responsable según tipo de actividad específico:
2 Elabora tu plan de emergencia
Prepara tu plan siguiendo los lineamientos del Minsa y el protocolo sanitario correspondiente a tu sector:
Ten presente que tu plan debe ser aprobado por el comité (o supervisor) de seguridad y salud en el trabajo de tu empresa, en un plazo máximo de 48 horas.
3 Regístrate en el Siscovid Empresas
Ingresa al Siscovid Empresas para registrar los datos de tu empresa, tu plan de emergencia, los datos de los profesionales de la salud que laboran en ella y tu nómina de empleados. En un plazo de 48 horas, el registro estará concluido y te emitirán una constancia.
Si el registro de tu plan es observado, recibirás un correo electrónico con las observaciones respectivas. Solo tendrás que volver a ingresar con tu usuario y contraseña, y actualizar la información para levantar las observaciones.
4 Reinicia operaciones
Puedes reanudar tus actividades al día siguiente de haber registrado tu plan de emergencia en el Siscovid Empresas. Ten presente que, en adelante, las autoridades de salud, las de tu sector y la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral (Sunafil) supervisarán y fiscalizarán el cumplimiento de tu plan, los lineamientos del Minsa y el protocolo sanitario sectorial que corresponde a tu tipo de actividad.
Además, ten en cuenta que el Siscovid Empresas generará usuarios para los profesionales de la salud de la empresa, a fin de que puedan registrar las pruebas rápidas que realicen a los trabajadores, notificar los casos confirmadFormulario de contacto
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